El PODER LEGISLATIVO es,
por definición, el poder que hace las leyes, facultad que implica la
posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones
de sus habitantes, en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para
ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le
otorga la representación de la voluntad.
Montesquieu propuso, en su célebre libro El espíritu de las leyes, que era
necesario que las funciones del Estado se dividieran entre distintos poderes
(legislativo, ejecutivo y judicial),
para que mediante los arreglos de las características el poder se autocontrole,
a fin de evitar la tiranía.
Funcion principal:
Corresponde
al Congreso de la Nación Argentina, integrado por la Cámara de Diputados y el
Senado. Tiene la facultad de elaborar las leyes que rigen la vida social o de
modificar las ya existentes de
acuerdo con la opinión de los ciudadanos.
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